Datos de debe contener la nómina o lista de raya de los trabajadores de la construcción
Establece el reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, que debe de contener una nómina o lista de raya lo siguiente:
En el Capitulo II del mencionado reglamento en su Articulo 8° dice que los patrones están obligados a llevar registros, por obra de construcción, tales como nóminas o listas de raya, tarjetas de control de pagos, tarjetas individuales de percepciones, recibos o cualquier otro medio de control, en los que se deberán asentar invariablemente los datos siguientes:
- Nombre, denominación o razón social del patrón, número de su registro ante el instituto (IMSS) y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Nombre, número de seguridad social, registro federal de contribuyentes incluyendo, en su caso, la homoclave y la clave única del registro de población de los trabajadores.
- Lapso que comprende y periodicidad establecida para el pago de los salarios (diaria, semanal, quincenal, mensual, o cualquier otra similar.
- Salario real base de cotización.
- Número de días o unidades de tiempo laborados, importe del salario devengado por cada trabajador y cuotas del seguro social retenidas.
- Importe del total de los salarios devengados, así como de las deducciones y retenciones efectuadas.
- Firma o huella digital de los trabajadores.
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